Auditoría expte. PID2020-113776GB
Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud · Granada, Andalucía
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
5Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B87164547
3055,21 €
Contrato (sin IVA)
con IVA: 3696,80 €
Adj. 5 may 2026
1 oferta
52.398,00 €
Contrato (sin IVA)
Adj. 8 jun 2026 · Form. 7 jul 2026 · Inicio 1 jul 2026
2 ofertas
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
XSX-CERTCALIDAD
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato en los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 70 por ciento de la anualidad media del contrato, esto es, igual o superior a 48.300,00 €. Acreditación: los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual debe ser igual o superior a 200.000,00 €, cantidad que se encuentra dentro del margen determinado en el artículo 87.1, letra a, LCSP, conforme al cual “El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato”. Acreditación: aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: Andalucía · Datos tratados por Licto