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EjecuciónInstalación de pasos de peatones inteligentes
123.966,94 €Ver en PLACSP
Ejecución

Instalación de pasos de peatones inteligentes

Pleno del Ayuntamiento de Bormujos · Bormujos, Sevilla, Andalucía

123.966,94 €
Presupuesto sin IVA
83.000,00 €
Importe de adjudicación
2 meses
Duración
Sial-Tronica 22 SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 16007/2025; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Bormujos; Importe: 123966.94 EUR; Estado: RES
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45233221Trabajos de pintura de la superficie de la calzada
45233222Trabajos de pavimentación y asfaltado
45316211Instalación de señales luminosas para carretera
Ejecución
Bormujos, Sevilla, Andalucía · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada20 feb 2026
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación22 may 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

1

Criterios de evaluación

Oferta económica100%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B10561645

83.000,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 100.430,00 €

Adj. 22 may 2026 · Form. 2 jun 2026 · Inicio 2 jun 2026

15 ofertas (15 PYME) · 83.000,00 €123.966,94 €

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibición

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Relación de las obras ejecutadas, o de los servicios o suministros realizados, en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, que indiquen el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Se acreditará mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Los certificados y/o la declaración del empresario, como mínimo, indicarán el importe, las fechas, el lugar de ejecución de las obras y destinatarios de las mismas, así como si se realizaron las obras según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron las obras a buen término. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) relativo a la ejecución de un número determinado de obras.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

El Volumen Anual de Negocios en el ámbito de las obras, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser por importe igual o superior al importe del valor estimado del contrato. Su acreditación se realizará por medio de la aportación de las Cuentas Anuales, debidamente aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro que legalmente corresponda, en función del tipo de persona jurídica de que se trate, y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto