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Servicio de mantenimiento de grupos electrógenos
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Ejecución

Servicio de mantenimiento de grupos electrógenos

Consejo de Administración de Suministradora Eléctrica de Cádiz S.A. · Cádiz, Andalucía

5738,35 €
Presupuesto sin IVA(estimado 8537,53 €)
3 años
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: SE25005; Órgano de Contratación: Consejo de Administración de Suministradora Eléctrica de Cádiz S.A.; Importe: 5738.35 EUR; Estado: EV
Sector
Mantenimiento y reparaciones
Tipo
Servicios · Abierto simplificado
CPV
31121000Grupos electrógenos
50324200Servicios de mantenimiento preventivo
Ejecución
Cádiz, Andalucía · 3 años
Participación
Presentación: Electrónica
Tramitación
Publicada6 oct 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Oferta económica80%
Certificaciones iso, relacionadas con el mantenimiento de grupos electrógenos20%

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

XSR-CONTROL

El licitador deberá tener en vigor o haber ejecutado, al menos, tres (3) contratos de mantenimiento de grupos electrógenos durante los tres (3) últimos años con un importe igual o superior al presupuesto base de licitación. La acreditación se podrá realizar mediante la presentación de certificados de buena ejecución o a través de una declaración responsable.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto