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Servicios Postales del Ayuntamiento
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Ejecución

Servicios Postales del Ayuntamiento

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Fuengirola · Fuengirola, Málaga, Andalucía

100.000,00 €
Presupuesto sin IVA
0,00 €
Importe de adjudicación
4 meses
Duración
Consorcio de Manipulado y Servicios Postales, S.l. Manipulae
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 024/2018-CONTR; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Fuengirola; Importe: 100000 EUR; Estado: RES
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
64110000Servicios postales
Ejecución
Fuengirola, Málaga, Andalucía · 4 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada23 abr 2018
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación6 jul 2018
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

0,00 €

Contrato (sin IVA)

Adj. 11 jun 2018 · Form. 12 jun 2018 · Inicio 12 jun 2018

4 ofertas

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Requisitos generales

No prohibición

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Mediante experiencia en la realización de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, que se acreditará mediante relación de los efectuados en el curso de los tres últimos años avalados por certificados de buena ejecución, cuando el destinat sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Mediante declaración sobre el volumen anual de negocios obtenido en los tres últimos ejercicios concluidos. Se establece como requisito mínimo de solvencia en este apartado, que el año de mayor volumen de negocios en el citado periodo deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato (IVA no incluido) cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. En todo caso deberá aportarse documentación justificativa o acreditativa del volumen o cifra de negocios declarado, mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, o mediante los libros de contabilidad y cuentas anuales debidamente legalizados por el Registro Mercantil en el caso de los empresarios individuales no inscritos en dicho Registro

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto