Construcción de carril peatonal en la JA-6106 Acceso a Torreperogil
Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén · Torreperogil, Jaén, Andalucía
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
7Criterios de evaluación
Modificaciones del contrato
11 modificación posterior a la adjudicación
Modificación 1
MODIFICACIÓN CO-23/1795 CONSTRUCCION CARRIL PEATONAL EN LA JA-6106 ACCESO A TORREPEROGIL
Requisitos de participación
11Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Artículo 88 apartado 1. a) LCSP: El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la cantidad de 296.744,17 € IVA excluido. El Criterio para la acreditación será el de la experiencia en la realización de obras del Grupo G, subgrupo 3, categoría 2 por un importe igual o superior a 296.744,17 € IVA excluido, según redacción otorgada por el RD 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP. Ver apartado 14 del Anexo I del PCAP. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
XXR-SUBCONT
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratista. Ver apartado 28 del Anexo I del PCAP
Según pliego
Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales. A tal efecto el licitador se ha de comprometer a adscribir un Jefe de Obra con la titulación habilitante para ejercer la profesión competente para este tipo de obra según la legislación vigente; y un Encargado de Obra, con experiencia de al menos 5 años en obras similares. En cuanto a los medios materiales serán los contenidos en el proyecto de ejecución, especificados en los cuadros de precios de materiales y medios auxiliares. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Art. 87.1.a) LCSP. El empresario acreditará un volumen anual de negocios por importe igual o superior a la cantidad 296.744,17 € IVA excluido. El volumen anual de negocio estará referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos. Ver apartado 14 del Anexo I del PCAP. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto