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EjecuciónServicio de Coordinación Informativa Turística Institucional
41.293,47 €Ver en PLACSP
Ejecución

Servicio de Coordinación Informativa Turística Institucional

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga · Málaga, Andalucía

41.293,47 €
Presupuesto sin IVA(estimado 206.467,35 €)
330,00 €
Importe de adjudicación
1 año
Duración
I2a Proyectos Informáticos SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 160/24; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga; Importe: 41293.47 EUR; Estado: RES
Sector
Cultura y deporte
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
92312211Servicios de agencia de redacción
92400000Servicios de agencias de noticias
Ejecución
Málaga, Andalucía · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
Acuerdo marco
Tramitación
Publicada6 mar 2025
Adjudicación18 jun 2024
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

3

Criterios de evaluación

Criterio económico49%
Mejoras27%
Experiencia del personal24%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

330,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 399,30 €

Adj. 27 may 2024

1 oferta

32.112,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 38.855,52 €

Adj. 16 jun 2025 · Form. 21 jul 2025

2 ofertas (2 PYME) · 32.112,00 €32.621,84 €

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

De conformidad a lo establecido en el art. 90.1 a) de la LCSP será una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza al código CPV que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos y el requisito mínimo será que el importe acumulado en el periodo antes referido sea igual o superior a: 144.527,15 €. Para las empresas de nueva creación, conforme al artículo 90.4 de la LCSP, se deberá acreditar la Solvencia o Profesional, de la siguiente manera: conforme al Art. 90.1 c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. La acreditación inicial de la solvencia especificada se efectuará mediante la cumplimentación de la Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos conforme al modelo Anexo Nº. 2.1 del PCAP. Conforme al artículo 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que presente la documentación acreditativa que se le requiera.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

De conformidad con lo previsto en el artículo 87.1 a) de la LCSP, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario por importe de una vez y media el valor estimado del contrato. Deberá ser al menos 309.701,03 €. La acreditación inicial de la solvencia especificada se efectuará mediante la cumplimentación de la Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos conforme al modelo Anexo Nº. 2.1 del PCAP. Conforme al artículo 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que presente la documentación acreditativa que se le requiera.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto