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licto.
Sustitución de la cubierta del edificio de pretratamiento de la EDAR Peñón del Cuervo
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Adjudicada

Sustitución de la cubierta del edificio de pretratamiento de la EDAR Peñón del Cuervo

Consejero Delegado de la Empresa Municipal de Aguas de Málaga S.A. · Málaga, Andalucía

105.196,60 €
Presupuesto sin IVA(estimado 126.235,92 €)
77.319,50 €
Importe de adjudicación
2 meses
Duración
Proyectos Tecnicos y Obras Civiles SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 6751; Órgano de Contratación: Consejero Delegado de la Empresa Municipal de Aguas de Málaga S.A.; Importe: 105196.6 EUR; Estado: ADJ
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto
CPV
45261000Trabajos de construcción de cubiertas y estructuras de cerramiento, y trabajos conexos
Ejecución
Málaga, Andalucía · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%
Tramitación
Publicada6 jul 2021
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación17 sept 2021
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

77.319,50 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 93.556,60 €

Adj. 17 sept 2021

4 ofertas

Requisitos de participación

1

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Según pliego

Requisitos de Solvencia: Podrá acreditarse indistintamente a través de alguno de los siguientes medios: 1.Mediante la CLASIFICACIÓN en el siguiente grupo, subgrupo y categoría: Grupo: C Subgrupo: 2 Categoría: 1 o superior. Se acreditará mediante copia del certificado de clasificación, igual o superior a la exigida, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado u órgano equivalente de la Junta de Andalucía, junto con la presentación de una declaración responsable, indicando de que no han variado los datos obrantes en el registro. No será necesario aportar la copia de la clasificación cuando aparezca inscrita dicha clasificación en el ROLECE, bastando se aporte la declaración responsable de no variación de los datos inscritos. 2.Mediante los CRITERIOS DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL señalados a continuación: a) Se acreditará mediante una relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El requisito mínimo será que el importe anual sin incluir impuestos que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo indicado en trabajos similares al del objeto del contrato sea igual o superior a 105.196,60 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto