Servicio de auxiliares en edificios públicos de titularidad municipal.
Alcaldía del Ayuntamiento de Utrera · Utrera, Sevilla, Andalucía
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
2Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: U67746354
Contrato (sin IVA)
con IVA: 1.083.886,27 €
Adj. 27 dic 2021 · Form. 12 abr 2022 · Inicio 16 abr 2022
12 ofertas (4 PYME) · 12,39 € – 942.478,09 €
Modificaciones del contrato
11 modificación posterior a la adjudicación
Modificación 1
Primera prórroga prevista en el contrato.
+0,00 €
- Importe
- 895.773,78 € 895.773,78 € (sin IVA)
- Plazo
- +12 meses 21 meses
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Experiencia en la realización de servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior 618.472,31€. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 3 años en el objeto de la presente licitación.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de los tres últimos es de 868.005,00€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto