Ir al contenido
licto.
Ejecuciónsuministro de productos de limpieza
39.096,68 €Ver en PLACSP
Ejecución

suministro de productos de limpieza

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe · Caspe, Zaragoza, Aragón

39.096,68 €
Presupuesto sin IVA(estimado 58.645,02 €)
0,00 €
Importe de adjudicación
3 años
Duración
Blarozar SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2210/2025; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe; Importe: 39096.68 EUR; Estado: RES
Sector
Mobiliario y equipamiento
Tipo
Suministros · Abierto simplificado
CPV
39224300Escobas y cepillos y otros artículos de limpieza del hogar
39800000Productos de limpieza y pulido
Ejecución
Caspe, Zaragoza, Aragón · 3 años
Participación
Presentación: ElectrónicaVariantes: No
Tramitación
Publicada30 jun 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación16 sept 2025
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.

Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

3

Criterios de evaluación

Oferta económica65%
Plazo de entrega30%
Mejoras5%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B50354596

0,00 €

Contrato (sin IVA)

Adj. 7 ago 2025 · Form. 8 ago 2025 · Inicio 8 ago 2025

1 oferta (1 PYME)

Requisitos de participación

7

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Una relación de los principales suministros del mismo tipo o naturaleza al del objeto de presente contrato realizados en los últimos tres años (2022, 2023 y 2024) que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El criterio mínimo de solvencia exigido: Realización de suministros similares al objeto del contrato, en el mejor ejercicio de los tres anteriormente señalados, por importe acumulado igual o superior al importe anual del contrato (23.653,49 € I.V.A. incluido).

Solvencia económica

Seguro de responsabilidad civil

Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 50.000 euros el cual deberá estar vigente a la finalización del plazo para la presentación de las ofertas y compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, o bien póliza o la propuesta de dicho seguro, que cubra como mínimo, el importe señalado. Si se presenta propuesta de seguro, una vez clasificadas las empresas, el licitador que sea propuesto como adjudicatario deberá aportar la póliza del mismo con carácter previo a la adjudicación.

Volumen anual de negocios

Mediante declaración del volumen anual de negocios referida a los tres últimos años (2022, 2023 y 2024) en el ámbito al que se refiere el contrato. El criterio mínimo de solvencia exigido: que el importe declarado sea igual o superior al 100 % del importe anual del contrato (23.653,49 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se puntualiza que por volumen anual debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias indicados en los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidos en la legislación mercantil. Este requisito podrá ser igualmente acreditado por medio de certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto