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Prestación de actividades deportivas
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Ejecución

Prestación de actividades deportivas

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tarazona · Tarazona, Zaragoza, Aragón

103.970,93 €
Presupuesto sin IVA(estimado 207.941,86 €)
89.535,00 €
Importe de adjudicación
1 año
Duración
Sdc Esmas SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 309/2024; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tarazona; Importe: 103970.93 EUR; Estado: RES
Sector
Cultura y deporte
Tipo
Privado · Abierto
CPV
92600000Servicios deportivos
Ejecución
Tarazona, Zaragoza, Aragón · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada26 abr 2024
Evaluación
Requerimiento pendiente
Plazo de espera
Adjudicación1 ago 2024
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

3

Criterios de evaluación

Memoria técnica presentada, se valora la propuesta de programación y creatividad presentada,50%
Mejor precio44%
Realización de eventos para la promoción de actividades deportivas, con el compromiso de aportación, para cada uno de los años de contrato, de una bolsa de 20 horas anuales de servicio de monitores para la realización de jornadas de puertas abiertas y eventos de fidelización6%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B50995638

89.535,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 108.337,35 €

Adj. 1 ago 2024 · Form. 29 ago 2024 · Inicio 12 sept 2024

4 ofertas (4 PYME)

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, a saber 88.063,39€ Clausula 14.2 PCAP

Según pliego

conforme a lo establecido en los art. 93 y 94 de la LCSP, se establece como requisito de participación para los licitadores estar certificados en sistemas de gestión de la calidad y gestión medioambiental en el ámbito del objeto del contrato. Así, los licitadores deberán estar en posesión de los certificados en vigor de gestión de la calidad y gestión medioambiental ISO 90001 e ISO 14001 (o equivalentes) en el ámbito de los servicios en actividades deportivas y acuáticas, o en su defecto, acreditar mediante documentación suficiente tener implantados en la empresa sistemas de gestión de la calidad y gestión medioambiental según las normas anteriormente comentadas. Dichos certificados/sistemas deberán estar vigentes durante toda la duración del contrato. Clausula 14.2 PCAP

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El volumen de negocios mínimo anual exigido será al menos una vez y media el valor estimado del contrato, a saber 311.912,79€ El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Clausula 14.1 PCAP

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto