Concesión del servicio del matadero de Liébana.
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente · Cantabria
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Requisitos de participación
4Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
El licitador deberá haber desarrollado su actividad económicas principal, al menos durante los últimos 5 años, en el Grupo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) 413 "Sacrificio de Ganado y preparación y conservas de carne" (Epígrafes IAE 413.1, 413.2 o 413.3). Este extremo se deberá acreditar con el Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la empresa licitadora emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), que deberán ser aportado por el licitador para cumplir con lo establecido en el punto M.2.1 de este Pliego. En el citado certificado constará, entre otros datos, la actividad económica principal (Actividad nº 1) desarrollada por el licitador, su Epígrafe a efectos del IAE y la fecha de alta de la citada actividad económica. Cláusulas M.2 y M.4 del PCAP.
Personal técnico
A fecha 30 de junio de 2021, al menos dos de los trabajadores empleados por el licitador deberán tener una antigüedad de al menos cinco años en la empresa licitadora o en empresas cuya actividad principal se encuentre incluida en el Grupo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) 413 "Sacrificio de Ganado y preparación y conservas de carne" (Epígrafes IAE 413.1, 413.2 o 413.3). Este extremo se acreditará con el Informe de vida laboral del código de cotización de la empresa licitadora y/o con los Informes de vida laboral de los citados trabajadores emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Cláusulas M.2 y M.4. del PCAP.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
El licitador deberá acreditar al menos un importe medio de la cifra de negocios durante los ejercicios de 2017, 2018 y 2019 de 500.000 euros. Este requisito se deberá acreditar con el importe de las bases imponibles de las cuotas devengadas en las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido o con el importe neto de la cifra de negocios de las declaraciones del Impuesto de Sociedades o, en su caso, de la Renta de las Personas Físicas. Cláusulas M.1 y M.3 del PCAP.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto