Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B47792361
99.900,00 €
Contrato (sin IVA)
con IVA: 120.879,00 €
Adj. 11 ago 2025
1 oferta (1 PYME)
Requisitos de participación
5Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
mediante la aportación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, en caso de duda se atenderá a los CPV indicados en los presentes pliegos. Se deberá acreditar un mínimo de venta de VEINTE (20) unidades de vehículos eléctricos industriales en los últimos tres años. deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, el siguiente medio material: un taller certificado por la marca, asociado al proveedor, para los servicios de mantenimiento al menos durante el período de garantía. Este taller debe encontrarse a una distancia menor de 175 kilómetros desde el municipio de La Bañeza. Estos medios materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este suministro.
Según pliego
3. La solvencia técnica, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, deberá ser acreditada por el empresario mediante la aportación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, en caso de duda se atenderá a los CPV indicados en los presentes pliegos. Se deberá acreditar un mínimo de venta de VEINTE (20) unidades de vehículos eléctricos industriales en los últimos tres años. 4. Adscripción de medios. Los licitadores nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, el siguiente medio material: un taller certificado por la marca, asociado al proveedor, para los servicios de mantenimiento al menos durante el período de garantía. Este taller debe encontrarse a una distancia menor de 175 kilómetros desde el municipio de La Bañeza. Estos medios materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este suministro. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades de acuerdo con la cláusula 28.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
mediante declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, por importe igual al presupuesto de licitación, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato por importe igual al 50% del presupuesto de licitación, en ambos casos, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas.
Según pliego
2. La solvencia económica y financiera, conforme a lo indicado en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, deberá ser acreditada por el empresario documentalmente mediante declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, por importe igual al presupuesto de licitación, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato por importe igual al 50% del presupuesto de licitación, en ambos casos, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas.
Documentación Técnica
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto