Recogida y gestión del aceite vegetal usado
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad · Madrid, Comunidad de Madrid
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
Requisitos de participación
11Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Artículo 90 apartado a) de LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Acreditar la experiencia de haber efectuado trabajos similares a los del presente contrato, por un importe mínimo de 25.000 euros durante alguno de los años 2018, 2019 y 2020, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya. Medio de acreditación: Los servicios se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando se trate de un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Según lo previsto en el artículo 90.1.a, LCSP se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
OXR-GESTMEDIOAMB
Artículo 90.1 apartado f): Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Certificación ISO 14001: los licitadores deberán aportar certificación vigente ISO 14001 de implantación de sistema de gestión ambiental. Medio de acreditación: Deberá acreditarse la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 emitida por una entidad certificadora acreditada. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. Solvencia técnica o profesional en las Uniones Temporales de Empresas: Sistema de Acumulación: en el caso de Uniones Temporales de Empresas, para alcanzar el requisito mínimo de solvencia exigido, es necesario que todas las empresas integrantes de la UTE dispongan de esta certificación vigente.
Según pliego
Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial y deberá deberá hacer referencia a los medios humanos, móviles, materiales e infraestructuras necesarias para la ejecución del contrato; en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la comunicación como propuesto adjudicatario del contrato deberá aportar documentos acreditativos de la disponibilidad de: instalaciones fijas para el tratamiento del residuo, especificando su ubicación, capacidad de tratamiento y especificaciones técnicas que se consideren por parte del licitador; para ello el órgano de contratación requerirá al mismo un documento acreditativo de la disponibilidad de las mismas, mediante contrato, precontrato o documento que garantice la disponibilidad; todo ello acompañado de una memoria explicativa de las instalaciones. También deberá aportar compromiso que garantice que el fin del residuo es el señalado en el artículo 10 del Pliego de Prescripciones Técnicas.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Artículo 87 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, el establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El volumen anual de negocio mínimo, en al menos uno de los tres últimos ejercicios (2017, 2018, y 2019) deberá ascender al valor medio anual del contrato, es decir 66.646,65 €, IVA incluido. Medio de acreditación: la acreditación documental se efectuará mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios desglosado por años, y referido a los tres últimos. Sistema de acumulación de la solvencia económica para las Uniones Temporales de Empresas: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto