Seguro de vehículos en el CAPN
Consejo de Administración del Patrimonio Nacional · Madrid, Comunidad de Madrid
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
1Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: W0072130H
Contrato (sin IVA)
Adj. 3 ago 2023
3 ofertas · 34.064,50 € – 83.699,22 €
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Una relación dé los principales servicios realizados en los últimos tres años referidos a la contratación de seguros del mismo tipo o naturaleza a que corresponde el objeto del contrato. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario Sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe mínimo anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será de 120.000 € euros, en seguros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. En el caso de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional.
Umbral: 120.000,00 €
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deben ser al menos de 200.000 €. Se acreditará por medio de la inscripción en el ROLECE o por las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Umbral: 200.000,00 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto