Servicio de saneamiento jurídico
Consejo de Administración de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A · Madrid, Comunidad de Madrid
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
6Criterios de evaluación
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional serán los principales servicios de la misma naturaleza a los del objeto del contrato efectuados por el licitador en los tres últimos años, que son las actividades recogidas en el objeto del contrato, donde se indique el importe, la fecha y el destinatario, y que deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
Personal técnico
- Responsable de cuenta: Un (1.-) Director del Contrato e Interlocutor con la dirección Servicer. Se requiere titulación universitaria (ADE, económicas, derecho), con al menos 10 años de experiencia, los 5 últimos en actividades de igual naturaleza a las del objeto del contrato. - Responsable de gestión (Coordinador): Dos (2.-) Responsables de gestión (coordinador) del perímetro de activos uno (1.-) para cada Servicer. Se requiere titulación universitaria (ADE, económicas, derecho), con al menos 6 años de experiencia, los 3 últimos en actividades de igual naturaleza a las del objeto del contrato. - Especialistas en Saneamiento Jurídico Diez (10): Se requiere titulación universitaria (ADE, económicas, derecho) con al menos 4 años de experiencia, los 3 últimos en actividades de igual naturaleza a las del objeto del contrato.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto