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licto.
EjecuciónServicio de Venture Building de Spin-Offs de Salud.
25.000,00 €Ver en PLACSP
Ejecución

Servicio de Venture Building de Spin-Offs de Salud.

Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid · Madrid, Comunidad de Madrid

25.000,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 55.000,00 €)
24.950,00 €
Importe de adjudicación
GENESIS Biomed SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: A-32/26; Órgano de Contratación: Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid; Importe: 25000 EUR; Estado: RES
Sector
Servicios empresariales
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
73200000Servicios de consultoría en investigación y desarrollo
79000000Servicios a empresas: legislación, mercadotecnia, asesoría, selección de personal, imprenta y seguridad
79411000Servicios generales de consultoría en gestión
Ejecución
Madrid, Comunidad de Madrid
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
Fondos UE
Tramitación
Publicada30 jun 2026
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación29 jul 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

3

Criterios de evaluación

Gestión fondos inversión35%
Rondas financiación35%
Precio30%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B66987876

24.950,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 30.189,50 €

Adj. 29 jul 2026 · Form. 30 jul 2026

2 ofertas (2 PYME) · 20.000,00 €24.950,00 €

Requisitos de participación

6

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

criterio para la acreditación de la solvencia técnica será la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor anual medio estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá al código CPV. En caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales las que tengan una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará mediante títulos académicos y profesionales de los responsables de la ejecución del contrato, acordes con el objeto de éste. Acreditación La acreditación se realizará aportando: - Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos similares realizados en los 3 últimos años se acreditarán mediante certificados expedidos por el destinatario (del servicio) o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

Personal técnico

La empresa adjudicataria adscribirá los siguientes medios mínimos para la ejecución del contrato. Deberá adscribir al menos a una persona que haya trabajado como Venture Builder de Salud con Organismos Públicos de Investigación personal y que además acredite la participación en la asistencia a la constitución de un mínimo de 10 spin offs del ámbito de la Salud.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

De acuerdo con Artículo 87 de la LCSP, el criterio para acreditar la solvencia económica y financiera será: - El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, y de presentación de ofertas, por importe mínimo de, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato. de la licitación. - Subsidiariamente, si por razones justificadas documentalmente el empresario no pudiera presentar la documentación acreditativa que se indica en el párrafo anterior, podrá acreditar su solvencia económica y financiera en base a la ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. Dicha ratio será igual o superior a 1. Acreditación - La acreditación se realizará aportando: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de que el contrato no esté sujeto a regulación armonizada, podrá acreditarse mediante certificación bancaria que avale esta solvencia. Con la acreditación de su volumen de negocios, los licitadores garantizarán su capacidad financiera, necesaria para poder ejecutar el contrato.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto