“Suministro de vehículo tractor”
Presidencia del Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos del Baix Vinalopó · Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B73776684
Contrato (sin IVA)
con IVA: 160.930,00 €
Adj. 17 ago 2021 · Form. 15 sept 2021 · Inicio 16 sept 2021
1 oferta
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
Suministros efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constitu-yen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Para determinar si un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de clasificación de actividades y productos CPV, según el Vocabu-lario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Euro-peo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002. De no ser el contrato sujeto a regulación armoniza-da, para las empresas de nueva creación, entendiendo por tales aquéllas que tengan una antigüe-dad inferior a cinco años, a las que no resulta de aplicación en ningún caso lo establecido en el ar-tículo 89.1, letra a), de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo a la ejecución de un determi-nado número de servicios, se establece el siguiente requisito mínimo de solvencia técnica o profe-sional: Medidas apropiadas empleadas por el empresario para garantizar la calidad (artículo 89.1, apartado letra c), de la Ley de Contratos del Sector Público).
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (artículo 87.3, a) párrafo primero, de la Ley de Contratos del Sec-tor Público).
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto