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DesiertaSuministro de tomate para “LA TOMATINA” 2022
63.000,00 €Ver en PLACSP
Desierta

Suministro de tomate para “LA TOMATINA” 2022

Concejalía Delegada de Contratación del Ayuntamiento de Buñol · Buñol, Valencia/València, Comunitat Valenciana

63.000,00 €
Presupuesto sin IVA

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: CSUM 5/2022; Órgano de Contratación: Concejalía Delegada de Contratación del Ayuntamiento de Buñol; Importe: 63000 EUR; Estado: RES
Sector
Alimentación y agricultura
Tipo
Suministros · Abierto
CPV
03100000Productos de la agricultura y horticultura
Ejecución
Buñol, Valencia/València, Comunitat Valenciana
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada6 abr 2022
Adjudicación4 may 2022
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Requisitos de participación

11

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la presentación de, al menos, 2 de los siguientes medios: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años que incluya, importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el contratista deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del citado periodo, ha de ser igual o superior al 70% del importe anual estimado del contrato, siendo este importe de 44.100,00€. b) Indicación del personal técnico y las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones y maquinaria de que dispone el contratista para la plantación, recolección, almacenamiento y transporte del producto a suministrar.

OXR-MEDIOS

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la presentación de, al menos, 2 de los siguientes medios: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años que incluya, importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el contratista deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del citado periodo, ha de ser igual o superior al 70% del importe anual estimado del contrato, siendo este importe de 44.100,00€. b) Indicación del personal técnico y las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones y maquinaria de que dispone el contratista para la plantación, recolección, almacenamiento y transporte del producto a suministrar.

XSR-CALIDAD

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la presentación de, al menos, 2 de los siguientes medios: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años que incluya, importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el contratista deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del citado periodo, ha de ser igual o superior al 70% del importe anual estimado del contrato, siendo este importe de 44.100,00€. b) Indicación del personal técnico y las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones y maquinaria de que dispone el contratista para la plantación, recolección, almacenamiento y transporte del producto a suministrar.

Solvencia económica

Seguro de responsabilidad civil

Respecto de la solvencia económica y financiera, se acreditará mediante la presentación de uno o varios de los siguientes medios: a. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a 100.000 euros. b. Justificante del seguro de indemnización por riesgos profesionales, cuyo importe deberá ser superior a los 100.000 euros anuales. c. Patrimonio neto, por importe igual o superior a 100.000 euros,con los datos del cierre del último ejercicio para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.

Volumen anual de negocios

Respecto de la solvencia económica y financiera, se acreditará mediante la presentación de uno o varios de los siguientes medios: a. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a 100.000 euros. b. Justificante del seguro de indemnización por riesgos profesionales, cuyo importe deberá ser superior a los 100.000 euros anuales. c. Patrimonio neto, por importe igual o superior a 100.000 euros,con los datos del cierre del último ejercicio para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.

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Respecto de la solvencia económica y financiera, se acreditará mediante la presentación de uno o varios de los siguientes medios: a. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a 100.000 euros. b. Justificante del seguro de indemnización por riesgos profesionales, cuyo importe deberá ser superior a los 100.000 euros anuales. c. Patrimonio neto, por importe igual o superior a 100.000 euros,con los datos del cierre del último ejercicio para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto