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EjecuciónComunicación institucional
12.396,70 €Ver en PLACSP
Ejecución

Comunicación institucional

Pleno del Ayuntamiento de Cabanes · Cabanes, Castellón/Castelló, Comunitat Valenciana

12.396,70 €
Presupuesto sin IVA(estimado 37.190,10 €)
12.116,81 €
Importe de adjudicación
1 año
Duración
Miraelpardalet SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 1573/21; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Cabanes; Importe: 12396.7 EUR; Estado: RES
Sector
Servicios empresariales
Tipo
Servicios · Abierto simplificado
CPV
79341000Servicios de publicidad
92400000Servicios de agencias de noticias
Ejecución
Cabanes, Castellón/Castelló, Comunitat Valenciana · 1 año
Participación
Presentación: Electrónica
Tramitación
Publicada10 ene 2022
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación4 feb 2022
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B12766358

12.116,81 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 14.661,34 €

Adj. 3 feb 2022 · Form. 4 feb 2022 · Inicio 4 feb 2022

2 ofertas

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibición

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará mediante el siguiente medio: Relación de los principales trabajos realizados en los últimos cinco años de similar tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato avalados por certificados de buena ejecución, que incluya importe, fechas, objeto del contrato y el organismo en el que se prestaron. Será requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado anual medio del contrato. En aplicación de lo dispuesto en el art. 159.6.b) LCSP se exime a los licitadores de acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante el siguiente medio: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 1’5 veces el valor estimado anual medio del contrato. En aplicación de lo dispuesto en el art. 159.6.b) LCSP se exime a los licitadores de acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto