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EjecuciónServicio consistente en la conectividad a Internet.
69.660,40 €Ver en PLACSP
Ejecución

Servicio consistente en la conectividad a Internet.

Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata · Mislata, Valencia/València, Comunitat Valenciana

69.660,40 €
Presupuesto sin IVA(estimado 75.930,40 €)
48.280,10 €
Importe de adjudicación
2 años
Duración
Vodafone España
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 20-SE-13; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata; Importe: 69660.4 EUR; Estado: RES
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
64200000Servicios de telecomunicaciones
Ejecución
Mislata, Valencia/València, Comunitat Valenciana · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada27 may 2020
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación12 ago 2020
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: A80907397

48.280,10 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 58.418,92 €

Adj. 10 ago 2020 · Form. 2 sept 2020

3 ofertas

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Deberá acreditarse la ejecución, en los últimos cinco años, de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, siendo requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la cantidad de 24.381,14 euros.. EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: La solvencia técnica se acreditará por el medio a que se refiere la letra h) del art. 90.1 de la LCSP 2017. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 4, categoría a) [Grupo V, subgrupo 4, categoría 1].

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Se exige acreditar un volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 52.245,30 euros. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo C, subgrupo 4, categoría a) [Grupo C, subgrupo 4, categoría 1].

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto