Reforma de la calle Mayor de San Bartolomé
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Orihuela · Orihuela, Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B03483559
Contrato (sin IVA)
con IVA: 330.935,00 €
Adj. 19 abr 2024 · Form. 4 sept 2024
5 ofertas (5 PYME)
Modificaciones del contrato
11 modificación posterior a la adjudicación
Modificación 1
PRIMERO.- Autorizar la realización de la modificación del Proyecto de REFORMA DE LA CALLE MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ a la mercantil CONSTRUCCIONES ZAPLANA CASELLES S.L.U. con N.I.F. B-03483559 cuya modificación no supone un incremento de honorarios y asimismo aprobar los precios contradictorios que aparecen en dicho proyecto modificado. SEGUNDO.- El contratista se compromete, a la ejecución completa del proyecto técnico y dirección de obras, considerándose incluidos los servicios de redacción de los proyectos necesarios dentro de la modificación del proyecto, así como su dirección de obra conforme al importe por el que le fue adjudicado el contrato.
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
XSX-CERTCALIDAD
LA SOLVENCIA TÉCNICA deberá acreditarse mediante: Se exige Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA del empresario deberá acreditarse por: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por cuantía igual o superior a 476.944,22 € El volumen anual de negocios se expresará mediante una declaración responsable firmada por el licitador, y se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto