Servicio de Grúa Municipal de Paterna
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna · Paterna, Valencia/València, Comunitat Valenciana
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
1Lotes
Servicio de Grúa Municipal de Paterna .
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
Requisitos de participación
5Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
OXR-MEDIOS
Equipos móviles: -Al menos 5 grúas de titularidad propia, de palas elevadoras hidráulicas de brazo alzable, aptas para trasladar vehículos de hasta 3.500 kgs. de MMA (masa máxima autorizada) o superior. -Al menos 1 vehículo grúa de titularidad propia, con plataforma auto cargante y pluma, para vehículos que no se encuentran en situación de poder ser arrastrados, (abandonados, siniestrados, quemados, volcados, sin ruedas, etc…), o para la retirada ocasional de otros objetos diferentes a vehículos (susceptibles de ser retirados de la vía pública por este medio). -Al menos 1 grúa apta para el traslado de vehículos de gran tonelaje, propia o con posibilidad de rápida disponibilidad de la misma merced a contrato de alquiler con terceros. Todos los vehículos estarán homologados dentro de la categoría N de acuerdo con su MMA y tendrán al día las correspondientes revisiones de la ITV. Las especificaciones técnicas sobre seguridad, sanidad e higiene, de todos los vehículos y medios móviles del Servicio, propios de la Empresa o contratados a terceros, deberán ajustarse a la normativa comunitaria CE vigente, aplicable en la materia, así como disponer de las homologaciones, revisiones, seguros, autorizaciones y demás requisitos necesarios, que la normativa vigente disponga para su utilización para este Servicio. Dado su uso frecuente, la empresa contratista deberá disponer por sí misma, durante toda la duración del contrato, de los medios indicados como “de titularidad propia”. En caso de no poseer como propia la grúa para vehículos de gran tonelaje, deberá justificarse debidamente la rápida disponibilidad de la misma mediante contratación a terceros.
XSR-CALIDAD
Instalaciones fijas: -Para posibilitar un tiempo de respuesta máximo de 30 minutos, la Empresa contratista deberá disponer de una base para grúas situada a menos de 15 km medidos en línea recta desde el linde del Término Municipal de Paterna, que podrá ser de su propiedad o alquilada. -Igualmente, para facilitar a los vecinos de Paterna la recuperación de sus vehículos, la Empresa contratista deberá disponer de un depósito vigilado para vehículos, situados a menos de 15 km medidos en línea recta desde el linde del Término Municipal de Paterna, que podrán ser de su propiedad o alquilado. -Ambas instalaciones, base y depósito, podrán estar ubicadas en un mismo emplazamiento. -El depósito dispondrá de fácil localización y acceso rodado, para las personas que deban acudir a retirar sus vehículos. -El depósito deberá estar vallado en su totalidad de modo en que se impida el acceso a toda persona por lugar distinto al de la entrada, posibilitando con ello el perfecto control de la instalación y de los vehículos que en su interior se encuentren. -El depósito dispondrá de teléfono de atención al público en horario laboral, y vigilancia las 24 horas del día durante todos los días del año, si bien el horario de entrega de vehículos podrá limitarse al horario laboral diurno normal.
Según pliego
Seguro de Responsabilidad Civil: -Un seguro de RC que cubra la responsabilidad civil general con una cobertura mínima por siniestro de 150.000€. -Una póliza de seguro combinada industrial que cubra el continente (depósito de vehículos) y el contenido (vehículos depositados), robo, incendio, rayo, daños eléctricos, etc. La valoración del continente se determinará por el contratista y el contenido no podrá ser inferior a 350.000€
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Disponer de un volumen anual de negocio igual o superior a 153.652,29€ en la cuenta de pérdidas y ganancias de cualquiera de los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, acreditado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencidos el plazo de presentación y se encuentren depositadas, si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil o bien mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada en Hacienda (modelo 390).
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto