Pólizas de vida y accidentes para SENASA.
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
7Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
Contrato (sin IVA)
Adj. 27 nov 2025
2 ofertas · 61.358,50 € – 93.484,10 €
Requisitos de participación
4Requisitos del licitador
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El volumen de promedio de primas de seguro suscritas en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato deberá superar el 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el licitador deberá ser al menos de 70.000,00 €. De los anteriores certificados se desprenderá la correcta ejecución de las pólizas contratadas. Si subsidiariamente se utiliza la declaración expresa del empresario, se acompañará de un certificado de buena ejecución de, al menos, un cliente en los tres últimos años.
Según pliego
Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia técnica o profesional. En relación con el artículo 90.1.a) LCSP, el licitador deberá aportar una relación de los principales servicios o trabajos realizados por el corredor de seguros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica o profesional de corredor se deberá acreditar, por tanto, mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el corredor de seguros deberá ser al menos de 70.000,00 €. A los efectos determinar que un servicio es de naturaleza igual o similar al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los respectivos códigos CPV.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido más abajo. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Según pliego
Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia económica y financiera. Según el art. 87.1.a) LCSP, la solvencia económica y financiera del corredor se exige por referencia al volumen anual de primas intermediadas referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, que deberá ser al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual mínimo de primas intermediadas deberá ser al menos de150.000,00 €.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto