obras de reparación daños D.A.N.A. octubre 2024 del firme de la carretera CV-120. tramo del P.K. 0+000 AL P.K. 7+205 (T.M. FORCALL, TODOLELLA Y LA MATA)
Alcaldia del Ayuntamiento de Conil de la Frontera · España
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B23686371
Contrato (sin IVA)
con IVA: 18.125,80 €
Adj. 12 dic 2025
3 ofertas
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Al ser el presupuesto estimado de las obras superior a los 500.000 Euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las Administraciones Públicas. La clasificación a acreditar de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del mismo seria la siguiente: Grupo G: Viales y pistas Subgrupo 4: Con firmes de Mezclas Bituminosas Categoría 4: Cuantía superior a 840.000 Euros y menor o igual a 2.400.000 Euros. Todo ello según lo establecido en la cláusula 9 del Pliego Administrativo.
Según pliego
Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales según lo establecido en la cláusula 9 del Pliego Administrativo.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Al ser el presupuesto estimado de las obras superior a los 500.000 Euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las Administraciones Públicas. La clasificación a acreditar de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del mismo seria la siguiente: Grupo G: Viales y pistas Subgrupo 4: Con firmes de Mezclas Bituminosas Categoría 4: Cuantía superior a 840.000 Euros y menor o igual a 2.400.000 Euros. Todo ello según lo establecido en la cláusula 9 del Pliego Administrativo.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto