Contratación de la obra de reforma del centro de mayores de Castuera.
Consejería de Salud y Servicios Sociales · Extremadura
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
5Criterios de evaluación
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Ver Cláusula 5.2 del Anexo I del PCAP - Artículo 88 de la LCSP, apartado a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior el 50% del valor estimado del contrato 65.854,20 €, avalados por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Umbral: 0,00 €
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Ver Cláusula 5.2 del Anexo I del PCAP • Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a) Volumen anual de negocios: referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en 0,5 veces el valor estimado del contrato: 65.854,20 € El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Umbral: 0,00 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto