Mantenimiento Soporte Infraestructura HP
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) · Extremadura
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
La solvencia técnica o profesional se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y viabilidad, que se acreditará (según permite lo dispuesto en el artículo 90, apartado 1.a) de la Ley de Contratos del Sector Público), a través de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo en los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha, y el destinatario público o privado de los mismos. Para acreditar la similitud o igualdad de la naturaleza del objeto del contrato, se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.
Umbral: 16.954,70 €
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse según se indica en el artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público, en su apartado a), en referencia al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Volumen anual de negocios. Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior en 1,5 veces el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Umbral: 36.331,50 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto