Reforma integral del Centro de Acogida de Menores "Valcorchero" de Plasencia (Cáceres).
Consejería de Salud y Servicios Sociales · Cáceres, Extremadura
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: A10012359
Contrato (sin IVA)
con IVA: 8.818.585,84 €
Adj. 23 nov 2021 · Form. 23 dic 2021 · Inicio 22 ene 2022
18 ofertas (11 PYME) · 0,00 € – 8.936.320,31 €
Modificaciones del contrato
11 modificación posterior a la adjudicación
Modificación 1
La Dirección facultativa presenta SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO MODIFICADO DE PROYECTO DE EJECUCIÓN DE REFORMA INTEGRAL DEL CENTRO DE ACOGIDA DE MENORES “VALCORCHERO” DE PLASENSENCIA, Nº de expediente PRC/2021/000002808
+0,00 €
- Importe
- 7.288.087,47 € 7.288.087,47 € (sin IVA)
- Plazo
- +0 meses 24 meses
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
Como se establece en el apartado 5.1. del Anexo I del PCAP, se exige la clasificación del contratista: C4-4 Albañilería, revocos y revestidos.(superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros) y C6-4 Pavimentos, solados y alicatados.(superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros). Los licitadores deberán contar con la clasificación en ambos grupos, subgrupos y categorías. Para aquellas empresas que están exentas de la exigencia de la clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP, se establece la acreditación de las Solvencias según lo estipulado en el apartado 5.2. del Anexo I del PCAP
Solvencia económica
Según pliego
Como se establece en el apartado 5.1. del Anexo I del PCAP, se exige la clasificación del contratista: C4-4 Albañilería, revocos y revestidos.(superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros) y C6-4 Pavimentos, solados y alicatados.(superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros). Los licitadores deberán contar con la clasificación en ambos grupos, subgrupos y categorías. Para aquellas empresas que están exentas de la exigencia de la clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP, se establece la acreditación de las Solvencias según lo estipulado en el apartado 5.2. del Anexo I del PCAP
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto