Servicio de limpieza de los edificios municipales del Ayuntamiento de Ourense
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ourense · Ourense, Galicia
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
3Lotes
3 lotes · 3 pendientes
Lote 1: Limpieza y desinfección de instalaciones cuyo uso es administrativo o principalmente administrativo
1.184.477,06 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Criterios de evaluación
Lote 2: Limpieza y desinfección de instalaciones de uso distinto al administrativo o destinadas principalmente a usos distintos del administrativo
1.315.535,63 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Criterios de evaluación
Lote 3: Limpieza de cristales, vidrieras, pulido, encerado y/o abrillantado de suelos, limpieza de garajes y sala de tiro
169.295,12 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Criterios de evaluación
Requisitos de participación
7Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP, se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media acumulada del lote o lotes a los que se presente: • LOTE 1: 414.566,97 € • LOTE 2: 460.437,47 € • LOTE 3: 59.302,29 € La acreditación documental se efectuará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Non obstante, podrá acreditarse la solvencia mediante la clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría correspondiente al contrato: — Grupo U, Subgrupo 1, Categoría 1 (Lote 3); Categoría 3 (Lote 1); Categoría 4 (Lote 2; Lotes 1 y 3; Lotes 2 y 3); Categoría 5 (Lotes 1 y 2; Lotes 1, 2 y 3).
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 apartado a) y b) de la LCSP, se acreditará por el siguiente medio: A) Mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Se considerará como volumen de negocio mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, la cantidad equivalente al menos a una vez y media el valor anual medio acumulado del lote o lotes a los que se presente, que se corresponde con las siguientes cantidades: • LOTE 1: 888.357,80 € • LOTE 2: 986.651,72 € • LOTE 3: 127.076,34 € La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, o mediante declaración del Impuesto sobre sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o, en su defecto, mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa acompañada de copia las declaraciones tributarias que lo respalden (IRPF o resumen anual de IVA). Non obstante, podrá acreditarse la solvencia mediante la clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría correspondiente al contrato: — Grupo U, Subgrupo 1, Categoría 1 (Lote 3); Categoría 3 (Lote 1); Categoría 4 (Lote 2; Lotes 1 y 3; Lotes 2 y 3); Categoría 5 (Lotes 1 y 2; Lotes 1, 2 y 3).
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto