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Servicio de agencias de viajes
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Ejecución

Servicio de agencias de viajes

Teniente de Alcalde delegada de Turismo, Comercio, Actividades, Playas y Litoral, Organización, Innovación y Calidad del Ayuntamiento de Calviá · Calvià, Mallorca, Illes Balears

97.520,66 €
Presupuesto sin IVA(estimado 214.545,45 €)
1 año
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2025175; Órgano de Contratación: Teniente de Alcalde delegada de Turismo, Comercio, Actividades, Playas y Litoral, Organización, Innovación y Calidad del Ayuntamiento de Calviá; Importe: 97520.66 EUR; Estado: PUB
Sector
Transporte y movilidad
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
63500000Servicios de agencia de viajes, operadores turísticos y asistencia al turista
Ejecución
Calvià, Mallorca, Illes Balears · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada18 nov 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

5

Criterios de evaluación

1.- criterios de oferta económica40%
2. criterio de mejora del seguro de viajes25%
3. criterio de mejora del servicio de atención al cliente20%
4. criterios de mejoras (sucursal)10%
5. criterios de carácter social5%

Requisitos de participación

10

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasNo haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.Empresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 90 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Artículo 90.1. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.

OXR-MEDIOS

En caso de empresas de nueva creación definidas en el art. 90.4, se podrá acreditar la solvencia técnica a través de lo dispuesto en el apartado h del art. 90.1: h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

Solvencia económica

Según pliego

La solvencia económica y financiera se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 97.520,66 €

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto