Servicio de Teleasistencia domiciliaria.
Teniente de Alcalde delegado de Transparencia, Servicios Sociales y Familia, Tercera Edad y Cementerios del Ayuntamiento de Calviá · Illes Balears
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
2Criterios de evaluación
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
La solvencia técnica o professional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del art. 90.1 LCSP: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha o el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando el contrato no esté sujeto a regulación armonizada y el contratista sea una empresa de nueva creación, se estará a lo regulado en el artº. 90.4 de la LCSP y podrá acreditar su solvencia mediante lo dispuesto en el artº. 90.1 b) y e): b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. y e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
Solvencia económica
Según pliego
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) o b) del art. 87 LCSP; a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 28.586,48 €. ò b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 28.586,48 €.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto