Servicio de limpieza de los edificios de la Universidad de las Illes Balears.
Rectorado de la Universidad de les Illes Balears · Illes Balears
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
6Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
2Lotes
2 lotes · 2 pendientes
Servicio de limpieza de 28 edificios UIB
5.445.957,22 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Servicio de limpieza de 1 edificio UIB
198.092,72 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
XSX-CERTCALIDAD
De acuerdo con el art. 77 de la LCSP El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato, atendiendo para ello al código CPV del contrato, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el pliego. Si el empresario acredita su solvencia a través de la acreditación de la clasificación, la requerida para este contrato será la siguiente: Grupo U - Subgrupo 1- Categoría 5 (Se determina un grupo de clasificación empresarial en función de la actividad a realizar por parte de la empresa adjudicataria del contrato: Grupo U- subgrupo 1: Servicios Generales, Servicios de limpieza en general). En caso de no presentar clasificación deberán cumplir los medios de solvencia económica/financiera y técnica/profesional indicada a continuación. Por un lado, deberán presentar una relación detallada de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; El importe anual acumulado que como mínimo deberá acreditar será el de la anualidad media: 99.046,36 euros. Medios de acreditación: Por el otro lado, para acreditar los servicios o trabajos efectuados deberán presentar los certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. La acreditación de las condiciones de solvencia se requerirá a la empresa propuesta como adjudicataria.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
De acuerdo con el art. 77 de la LCSP El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato, atendiendo para ello al código CPV del contrato, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el pliego. Si el empresario acredita su solvencia a través de la acreditación de la clasificación, la requerida para este contrato será la siguiente: Grupo U - Subgrupo 1- Categoría 5 (Se determina un grupo de clasificación empresarial en función de la actividad a realizar por parte de la empresa adjudicataria del contrato: Grupo U- subgrupo 1: Servicios Generales, Servicios de limpieza en general). En caso de no presentar clasificación deberán cumplir los medios de solvencia económica/financiera y técnica/profesional indicada a continuación. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario. El importe de volumen de negocios mínimo anual exigido será igual o superior a la anualidad media: 2.722.978,61 euros Medios de acreditación: por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito o bien mediante la presentación de cualquier documento oficial declarado delante de la Agencia Tributaria en el cual conste el volumen anual de negocios. La acreditación de las condiciones de solvencia se requerirá a la empresa propuesta como adjudicataria.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto