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Servicio para llevar a cabo programa de emprendimiento y desarrollo personal para los CEIPs de Calvià.
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Ejecución

Servicio para llevar a cabo programa de emprendimiento y desarrollo personal para los CEIPs de Calvià.

Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (IMEB) · Illes Balears

42.400,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 78.960,00 €)
1199,31 €
Importe de adjudicación
2 años
Duración
Mainjobs Internacional Educativa y Tecnológica SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 22/2025; Órgano de Contratación: Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (IMEB); Importe: 42400 EUR; Estado: RES
Sector
Educación
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
80000000Servicios de enseñanza y formación
80100000Servicios de enseñanza primaria
80410000Servicios escolares diversos
80500000Servicios de formación
92312000Servicios artísticos
Ejecución
Illes Balears · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaVariantes: No
Tramitación
Publicada6 oct 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación23 ene 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

1.- proyecto técnico50%
2.- oferta económica30%
3.- criterios sociales y medioambientales10%
4.- experiencia de profesionales adscritos al contrato10%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

1199,31 €

Contrato (sin IVA)

Adj. 23 ene 2026 · Form. 28 ene 2026 · Inicio 28 ene 2026

5 ofertas (5 PYME)

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Art. 90. 1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Para las empresas de nueva creación: Art. 90.4 En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Solvencia económica

Según pliego

Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 31.800,00 €. Ò Art. 87.2 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe de 31.800,00 €, importe coincidente con el valor anual del contrato.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto