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licto.
Servicio de transporte en vehículo con conductor.
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Adjudicada

Servicio de transporte en vehículo con conductor.

Consejería de Medio Rural y Política Agraria · Asturias, Principado de Asturias

12.545,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 25.090,00 €)
0,00 €
Importe de adjudicación
1 año
Duración
PABLO *** (074P)
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: CCPA 1/2024; Órgano de Contratación: Consejo Consultivo del Principado de Asturias; Importe: 12545 EUR; Estado: ADJ
Sector
Transporte y movilidad
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
60171000Alquiler de automóviles de pasajeros con conductor
Ejecución
Asturias, Principado de Asturias · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaVariantes: No
Tramitación
Publicada12 ene 2024
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación7 feb 2024
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

PABLO *** (074P)PYME

NIF: *****074P

0,00 €

Contrato (sin IVA)

Adj. 5 feb 2024

7 ofertas (3 PYME)

Requisitos de participación

1

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Según pliego

Podrán contratar las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Asimismo, podrán contratar las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que, en su caso, se les haya adjudicado el contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Las restantes empresas extranjeras podrán contratar si justifican, mediante informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación de su sector público en forma sustancialmente análoga. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí o mediante representación de personas debidamente facultadas para ello, en cuyo caso deberán acreditar dicha representación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto