Servicio de transporte en vehículo con conductor.
Consejería de Medio Rural y Política Agraria · Asturias, Principado de Asturias
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.
Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso
Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: *****074P
Contrato (sin IVA)
Adj. 5 feb 2024
7 ofertas (3 PYME)
Requisitos de participación
1Requisitos del licitador
Solvencia técnica
Según pliego
Podrán contratar las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Asimismo, podrán contratar las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que, en su caso, se les haya adjudicado el contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Las restantes empresas extranjeras podrán contratar si justifican, mediante informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación de su sector público en forma sustancialmente análoga. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí o mediante representación de personas debidamente facultadas para ello, en cuyo caso deberán acreditar dicha representación.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto