Servicio de campamento urbano para el verano de 2024
Pleno del Ayuntamiento de Coín · España
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
2Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: *****445L
105.548,55 €
Contrato (sin IVA)
con IVA: 116.103,40 €
Adj. 17 jun 2024 · Form. 19 jun 2024
1 oferta
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
En virtud de lo dispuesto en el artículo 90 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional deberá acreditarse aportando una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Por medio de esta relación de trabajos se pretenden que el candidato acredite su capacidad técnica y profesional para la adecuada ejecución del contrato, por disponer de experiencia anterior en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Conforme a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP, los licitadores presentarán la acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera aportando el volumen anual de negocios de los últimos tres años. En referencia al mejor ejercicio de los últimos tres años, éste deberá ser igual o superior en una vez y media al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (artículo 11.4.a del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo que este reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto