Servicio de realojo temporal
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B63809560
Contrato (sin IVA)
con IVA: 22.760,10 €
Adj. 24 ene 2025 · Form. 27 ene 2025 · Inicio 28 ene 2025
4 ofertas (4 PYME) · 18.810,00 € – 20.878,00 €
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional serán los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se acreditará mediante una relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años. La relación de servicios deben enviarla como certificados de trabajo o mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. De conformidad con lo establecido en el art. 90.4 de la LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, su solvencia se acreditará con la descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Para considerar acreditada la solvencia, será necesario que el licitador esté en posesión de la ISO 9001, o equivalente, o, en su defecto, tenga desarrollado un sistema de control de calidad, debiendo aportar descripción del mismo.
Según pliego
Adscripción a la formalización del contrato de un (1) Responsable de contrato con una experiencia mínima de 3 años en la ejecución de planes de acompañamiento en unidades familiares. La adscripción de este medio se acreditará con la presentación del CV del Responsable de contrato propuesto.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
El adjudicatario deberá acreditar un volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto