Ir al contenido
licto.
EjecuciónSuministro y mantenimiento de ordenadores centrales y software IBM
Ejecución

Suministro y mantenimiento de ordenadores centrales y software IBM

Banco de España · Madrid

4 años
Duración
International Business Machines SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Sector
Tecnología
Tipo
Suministros · Abierto
CPV
30211000Ordenador "mainframe"
48000000Paquetes de software y sistemas de información
50312000Mantenimiento y reparación de equipo informático
72267000Servicios de mantenimiento y reparación de software
72268000Servicios de suministro de software
Ejecución
Madrid · 4 años
Tramitación
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución
Cumplimiento19 dic 2022

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.

Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

1

Resultado de la adjudicación

52.149.572,20 €

Contrato (con IVA)

Form. 19 dic 2022

1 oferta

Modificaciones del contrato

1

1 modificación posterior a la adjudicación

Modificación 1

Modificación para adquirir 2 sistemas de almacenamiento IBM ESS 3500 C1, incluyendo instalación, configuración y mto del software y hardware, y actualización de los sistemas de almacenamiento durante la instalación del ESS 3500 y 3 actualizaciones adicionales. De acuerdo con el artículo 205.2.a) de la Ley 9/2017, de contratos del Sector Público (LCSP), es posible realizar la modificación sustancial de este contrato, por los motivos que se detallan a continuación: 1. El cambio de contratista no es posible ya que IBM es proveedor exclusivo de estos productos. La sustitución de los sistemas actuales por otros de distinto fabricante podría llegar a ser, difícilmente factible, al originar pérdidas de funcionalidad y necesitar trabajos extraordinarios de adaptación. Por otra parte, siendo preciso continuar con la solución actual a través del fabricante IBM, considerando la complejidad del licenciamiento de las diferentes familias de productos de IBM y la necesidad de un servicio de soporte de alto nivel, prestado por personal especializado en cada uno de ellos, señalar que IBM es la única empresa que puede ofrecer los denominados “Acuerdos de suministros y servicios”. Se trata de acuerdos que generalmente se ofrecen a grandes organizaciones para cubrir tanto el suministro de ordenadores centrales, su aumento programado de potencia, el licenciamiento de todo el software preciso con mantenimiento incluido, todo ello durante un periodo de tiempo acordado, como mejor forma de reducir la factura de hardware, software y servicios, pero sin disminuir prestaciones, ya que al tener una previsión clara y objetiva del conjunto puede ofrecer un descuento notable respecto al uso de los mismos productos de forma aislada. 2. La modificación del contrato no implica una alteración en su cuantía que exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme al artículo 205 de la LCSP, del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido. En concreto la modificación ahora propuesta, supone un incremento del 0,92 % sobre el precio inicial del contrato. Además, se requiere la modificación de la fecha fin de soporte de las licencias de programas IBM PureData System, extendiendo en 3 meses su finalización. De acuerdo con el artículo 205.2.c) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, es posible realizar la modificación no sustancial de este contrato, por los motivos que se detallan a continuación: 1. Estas prestaciones no se incluyeron en el contrato inicial y en la modificación posterior hasta la fecha solicitada (30 de junio de 2024), porque se estimó que la sustitución de los equipos estaría finalizada con fecha de 31 de octubre de 2023 en primera instancia, 31 de diciembre de 2023 tras la primera modificación y 31 de marzo de 2024 tras la segunda modificación. 2. La modificación propuesta se limita a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hace necesaria, por cuanto solo se modifican los elementos estrictamente necesarios para su correcta instalación y funcionamiento. 3. No tendrá como resultado un contrato de naturaleza materialmente diferente al celebrado en un principio, de suministros y servicios, permaneciendo invariables la estructura y elementos esenciales del contrato. 4. No se introducen condiciones que habrían permitido la selección de candidatos distintos de los seleccionados inicialmente o la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación, ya que IBM es proveedor exclusivo de estos productos. 5. No altera el equilibrio económico del contrato en beneficio del contratista, puesto que se mantiene el precio del contrato en vigor, ya que no supone desembolso económico alguno para el Banco. 6. No amplía de forma importante el ámbito del contrato, puesto que la modificación supone únicamente la ampliación del plazo de cobertura del soporte de 4 licencias, por un plazo adicional de tres meses, manteniéndose inalterable la duración del servicio de soporte del resto de licencias de programas del contrato, y por tanto, el plazo total de ejecución del contrato, y sin implicar una alteración en la cuantía del contrato.

Fuente: TED · Datos tratados por Licto