Los servicios que deben ser ofrecidos por las empresas homologadas dentro de este acuerdo marco son los siguientes: • Análisis y Construcción de Aplicaciones. Actividades necesarias para la construcción de nuevas aplicaciones y el mantenimiento de aplicaciones ya existentes, cubriendo las fases del ciclo de vida del software que van desde la recogida de requisitos por parte de las unidades de negocio, hasta la entrega del software a equipos de producción de sistemas para su despliegue, pasando por la formación a usuarios, documentación, etc. • Mantenimiento Correctivo. Servicios destinados a mantener la funcionalidad y el comportamiento de aplicaciones existentes, abordando labores de diagnóstico de incidencias, así como modificaciones en componentes software para restaurar el funcionamiento normal del sistema. • Soporte al uso de Aplicaciones. El objeto de estos servicios será prestar un soporte especializado a los equipos de explotación, desarrollo y cliente, entendiéndose como los servicios de informática de los organismos a los que Sandetel presta servicio, así como la atención de consultas, peticiones o incidencias escaladas por los niveles de atención anteriores, y la ejecución de tareas especializadas sobre los Sistemas de Información, que requieran conocimientos sobre el diseño y la arquitectura de los mismos. • Formación. Desarrollo de actividades formativas orientadas a fomentar la autonomía de usuarios en el uso de sistemas de información, y el aprovechamiento de las funcionalidades disponibles en los mismos. Incluye el desarrollo de actividades de capacitación de equipos técnicos en el mantenimiento de sistemas de información (Atención inicial, administradores, y otros). • Asesoría Técnica. Este servicio está orientado a la realización de estudios y diseños de arquitectura y tecnología hardware y software con la que deben desarrollarse los proyectos. El objetivo del servicio es identificar los requisitos y el diseño arquitectónico