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Consejo de Administración de la Agencia de Régimen Especial Ciclo Integral Aguas del Retortillo · Sevilla, Andalucía
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Requisitos de participación
10Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
1.1. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años de lectura de contadores de agua. Las empresas licitadoras presentarán una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, ya sea a nivel nacional o internacional. La acreditación se justificará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación
Según pliego
Si el licitador fuese una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará exclusivamente mediante el punto 2 anterior. La falta de solvencia técnica excluirá automáticamente al licitador.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
1.1. Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador en el ámbito objeto del contrato (servicio de auditorías de cuentas anuales), que deberá ser igual o superior a 162.000,00 euros, referido al año de mayor volumen de negocios de los últimos tres concluidos. El volumen anual de negocios de las personas jurídicas se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial que deba estar inscrito. Los empresarios individuales inscritos acreditarán su volumen mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil, y las personas físicas no inscritas, mediante las declaraciones de IVA presentadas en el período citado.
Según pliego
2. Existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 300.000 € por daños materiales y personales.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto