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licto.
Obras de reforma de los antiguos talleres de PRODIS para almacenes y dependencias municipales financiadas con cargo al Plan de Cooperación General "Sevilla107" de la Excma. Diputación de Sevilla.
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Adjudicada

Obras de reforma de los antiguos talleres de PRODIS para almacenes y dependencias municipales financiadas con cargo al Plan de Cooperación General "Sevilla107" de la Excma. Diputación de Sevilla.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija · Écija, Sevilla, Andalucía

84.074,40 €
Presupuesto sin IVA
36,45 €
Importe de adjudicación
4 meses
Duración
Jm Bruneau España SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 1187/2026; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija; Importe: 84074.4 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45223100Montaje de estructuras metálicas
45262690Remozamiento de edificios degradados
45310000Trabajos de instalación eléctrica
45312200Instalación de sistemas de alarma antirrobo
45343000Trabajos de instalación de dispositivos de protección contra incendios
45400000Acabado de edificios
Ejecución
Écija, Sevilla, Andalucía · 4 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada15 jun 2026
Adjudicación12 jun 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Precio (hasta 70 puntos.70%
Mejora nº1 (hasta 10 puntos).10%
Mejora nº2 (hasta 10 puntos).10%
Mejora nº3 (hasta 10 puntos).10%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: A62588421

36,45 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 44,10 €

Adj. 14 may 2026

1 oferta

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibición

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Trabajos realizados. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.2- referida a solvencia técnica o profesional. El artículo 88.1.a) que establece que en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. /.../ A los efectos de clasificación de los contratistas de obras y de asignación de categorías de clasificación, el titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública podrá fijar mediante Orden, a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, una relación de subgrupos de clasificación para los que el citado periodo de diez años será de aplicación. Para la clasificación en los subgrupos no incluidos en dicha relación solo se tendrá en cuenta la obra ejecutada dentro de los cinco años anteriores al de inicio del procedimiento de clasificación o de revisión de clasificación, así como la ejecutada durante dicho año. /.../ A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Por lo que respecta al umbral de solvencia ésta quedará acreditada con la siguiente clasificación empresarial GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C O en su defecto el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución –dentro del citado periodo de 5 años- será igual o superior al 70% del Valor Estimado del Contrato.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Cifra anual de negocio. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.1- referida a la solvencia económica y financiera. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público por lo que la solvencia económica y financiera se acreditará con la siguiente clasificación GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C No obstante, en aplicación del artículo 77.1.a) de la LCSP «Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que será recogido en los pliegos del contrato, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. En tales casos, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y detallados en los pliegos del contrato. /.../ En este sentido, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 87.1.a) de la LCSP, que establece como uno de los medios para acreditar la solvencia económica y financiera el siguiente «Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336» /.../

Este contrato en su contexto

90
licitaciones del organismo
76.427,06 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 90 licitaciones

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija acumula 90 licitaciones registradas en Licto. Sobre 90 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 76.427,06 €. Esta convocatoria, con 84.074,40 €, queda por encima de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija acumula 90 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija?

El presupuesto de licitación es de 84.074,40 €. La mediana de 90 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija con presupuesto publicado en Licto es de 76.427,06 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto