Contrato mixto de suministro de materiales, obras y servicios para la ejecución de las obras adscritas al Programa de Fomento de Empleo Agrario, convocatoria 2025, de La Carlota (Córdoba). PFEA 2025.
Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota · La Carlota, Córdoba, Andalucía
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
1Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
11Lotes
11 lotes · 11 pendientes
Tubos y canalizaciones; cercos y tapas de fundición
32.329,20 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Materiales de construcción y prefabricados de hormigón
49.456,33 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Obras
Suministros
Áridos procedentes de cantera
51.536,00 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Hormigón procedente de central
18.592,00 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Obras
Suministros
Mezcla bituminosa en caliente
16.471,28 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Obras
Suministros
Ferreteria
9598,10 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Equipo de maquinaria PFEA2025 Ronda Chica Carlota
36.960,00 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Equipo de maquinaria PFEA2025 Colegio La Paz
18.480,00 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Mobiliario Urbano
47.941,00 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Suministro de Mallazo Electrosoldado y Ferralla
858,94 €
Presupuesto
Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen
CPV
Requisitos de participación
7Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica o profesional según lo dispuesto en los artículos 88, 89 y 90 de la LCSP, por los medios siguientes: - Relación de los principales servicios, suministros u obras del mismo tipo-naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado, de los mismos. - Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. - La acreditación de la solvencia en el LOTE Nº 4: Hormigón procedente de central se efectuará, además de lo expuesto, mediante una descripción de las instalaciones técnicas de las que dispone el licitador para cumplir con el objeto del contrato (Planta de hormigón) y de las medidas empleadas para garantizar la calidad requerida en el pliego de prescripciones técnicas. A su vez, de acuerdo con el art. 95 de la LCSP se exigirá como información y documentación complementaria, en el caso de que sea necesario, la presentación de la escritura pública de constitución en la que se refleje, claramente, que el objeto social de la entidad es la ejecución de la prestación objeto del lote nº 4. El requisito mínimo de solvencia será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del valor estimado del lote en cuestión, IVA no incluido. En su caso, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP, relativo a la integración de la solvencia con medios externos. Respecto a las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, se estará a lo dispuesto en los artículos 88, 89.1.h) y 90.4 de la LCSP De conformidad con el artículo 77 de la LCSP, no será exigible la clasificación del empresario. No obstante, en caso de estar el empresario clasificado podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al objeto del contrato.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al 50% del valor estimado en relación con cada uno de los lotes. Se ha optado por esta opción en base a lo estipulado en el apartado 6º de la Memoria justificativa del contrato, donde los firmantes de la misma entienden que si la empresa licitadora ha ejecutado contratos en el mismo ámbito del que actualmente se está licitando por un volumen de 50% del valor estimado del contrato para cada lote, en uno de los últimos cinco años, va a tener solvencia económica para poder gestionar el mismo. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación de uno de los siguientes documentos: -Si la empresa fuera persona jurídica: Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml. En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA). -Si se trata de profesional o empresario individual: Modelo 390 resumen anual de IVA presentado ante la Agencia Tributaria Estatal. Declaración Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. No obstante, en caso de estar el empresario clasificado podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al objeto del contrato.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Este contrato en su contexto
Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota acumula 160 licitaciones registradas en Licto. Sobre 159 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 41.322,32 €. Esta convocatoria, con 283.510,85 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,7 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota?
Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota acumula 160 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota?
El presupuesto de licitación es de 283.510,85 €. La mediana de 159 licitaciones de Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota con presupuesto publicado en Licto es de 41.322,32 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto