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Obras de Adecuación en Calle subida a San Sebastián
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Obras de Adecuación en Calle subida a San Sebastián

Alcaldía de Ayuntamiento de Luque · Luque, Córdoba, Andalucía

17.125,62 €
Presupuesto sin IVA
Cerrado
Plazo cerrado el 5 oct 2020
3 meses
Duración
3.8/5
Buena oportunidad

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Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: GEX/655/2020; Órgano de Contratación: Alcaldía de Ayuntamiento de Luque; Importe: 17125.62 EUR; Estado: PUB
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45231300Trabajos de construcción de tuberías para agua y aguas residuales
45233252Trabajos de pavimentación de calles
Ejecución
Luque, Córdoba, Andalucía · 3 meses
Participación
Presentación: PresencialGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada14 sept 2020
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECEEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Relación de las obras de pavimentación, ejecutadas con la Administración Pública o con otros organismos y entidades del sector público o privado, en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. El valor mínimo exigido, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato. La buena ejecución de obra pública quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (cargo y Organismo al que estén adscritos o, titulación, nº de colegiado y colegio de adscripción), emitidos considerando importes de adjudicación, los plazos totales y parciales, los medios profesionales y materiales adscritos a la obra, los resultados del control de calidad y las medidas de seguridad y salud adoptadas. La buena ejecución de obra privada quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (indicando titulación, número de colegiado y Colegio de adscripción), con el visto bueno de la propiedad y visados por el Colegio oficial al que pertenezca el técnico firmante. Asimismo, la solvencia podrá sustituida, al acreditar directamente mediante documento acreditativo de que la mercantil dispone de la siguiente clasificación empresarial: Grupo C. Subgrupo 6. Categoría 1. La acreditación de disponer de la solvencia técnica y profesional también podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario. No obstante lo anterior, el órgano de contratación o la Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el presente contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, con el valor mínimo exigido o ratio mínimo exigido será el equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato. Asimismo, la solvencia podrá ser acreditada directamente mediante documento acreditativo de que la mercantil dispone de la siguiente clasificación empresarial: Grupo C. Subgrupo 6. Categoría 1.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto