Servicio de Limpieza de Edificios Municipales en el T.M de Salobreña
Alcaldia del Ayuntamiento de Salobreña · Salobreña, Granada, Andalucía
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Requisitos de participación
5Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
a solvencia técnica o profesional del empresario debera acreditarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 de la LCSP, por los medios que a continuacion se indican: • Una relacion de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como maximo los tres ultimos anos, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, publico o privado de los mismos.
OXR-MEDIOS
Adscripción de medios personales y materiales. Además de acreditar su solvencia, los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales relacionados en el PPTP (cláusulas 9 y 10). Las adscripción de los medios personales y materiales reseñados supondrá una obligación esencial del contrato y, además, condición especial de ejecución del mismo
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
La solvencia económica o financiera del empresario debera acreditarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 87 de la LCSP, por los medios que a continuacion se indican: • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ambito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres ultimos disponibles en funcion de las fechas de constitucion o de inicio de actividades del empresario y de presentacion de las ofertas por importe igual o superior a 700.000 €. Por lo tanto, el volumen de negocios anual mínimo sera igual o superior a 700.000 €. Este requisito se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Para empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto