Ejecución de las obras del proyecto «Aparcamiento del cementerio, refuerzo y construcción de muros perimetrales (POS-C 8/2024)».
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción · Villanueva de la Concepción, Málaga, Andalucía
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
7Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
La solvencia TÉCNICA O PROFESIONAL deberá acreditarse por los siguientes medios: A) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considerará acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia la igualdad entre los dos primeros dígitos de los códigos CPV señalados. 8.2.3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la LCSP, además de acreditar la solvencia, los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios personales: 1) Un responsable técnico con titulación especializada en obra civil, con experiencia mínima de tres años en esta categoría profesional. Para acreditar esta solvencia se deberá aportar título académico de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Ingeniero Civil, Arquitectura Superior, Arquitectura Técnica, Grado en edificación, grados equivalentes o cualquier otra titulación técnica con competencias en la tipología de obras objeto del contrato, y curriculum vitae de la persona designada para desempeñar esta función. 2) Un encargado de obra, que sea operario cualificado para trabajos de albañilería y edificación en general, con experiencia mínima de tres años en esta categoría profesional. 3) Al menos, un operario cualificado. - Documento que acredite que es operario cualificado para trabajos de albañilería. - Documento de nombramiento para la obra, rubricado tanto por la empresa contratista como por el trabajador aceptando el desempeño del puesto. - Contrato de trabajo compatible con la obra que se licite, de forma que no esté asignado en exclusiva a otro centro de trabajo. - Contrato de trabajo y Certificado de Vida Laboral donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
Personal técnico
La solvencia TÉCNICA O PROFESIONAL deberá acreditarse por los siguientes medios: A) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considerará acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia la igualdad entre los dos primeros dígitos de los códigos CPV señalados. 8.2.3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la LCSP, además de acreditar la solvencia, los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios personales: 1) Un responsable técnico con titulación especializada en obra civil, con experiencia mínima de tres años en esta categoría profesional. Para acreditar esta solvencia se deberá aportar título académico de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Ingeniero Civil, Arquitectura Superior, Arquitectura Técnica, Grado en edificación, grados equivalentes o cualquier otra titulación técnica con competencias en la tipología de obras objeto del contrato, y curriculum vitae de la persona designada para desempeñar esta función. 2) Un encargado de obra, que sea operario cualificado para trabajos de albañilería y edificación en general, con experiencia mínima de tres años en esta categoría profesional. 3) Al menos, un operario cualificado. - Documento que acredite que es operario cualificado para trabajos de albañilería. - Documento de nombramiento para la obra, rubricado tanto por la empresa contratista como por el trabajador aceptando el desempeño del puesto. - Contrato de trabajo compatible con la obra que se licite, de forma que no esté asignado en exclusiva a otro centro de trabajo. - Contrato de trabajo y Certificado de Vida Laboral donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que se indican a continuación: 8.2.1 La solvencia ECONÓMICA-FINANCIERA deberá acreditarse por los siguientes medios: A) Volumen anual de negocios o volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Se considerará acreditada la solvencia cuando el volumen anual de negocios sea al menos equivalente al valor estimado del presente contrato (176.220,56 €). El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. En el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de cuentas anuales registradas deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe, conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción acumula 12 licitaciones registradas en Licto. Sobre 186.795 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado, la mediana es de 88.888,72 €. Esta convocatoria, con 176.220,56 €, queda por encima de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción?
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción acumula 12 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Construcción?
El presupuesto de licitación es de 176.220,56 €. La mediana de 186.795 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado en Licto es de 88.888,72 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto