Servicio de limpieza del edificio IACTEC del Instituto de Astrofísica de Canarias
Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón · Canarias
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. A falta de éstos, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se exige acreditar que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (27.274,85 €). Este importe corresponde al 70% de la anualidad media del contrato.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la persona licitadora y de presentación de ofertas, por importe mínimo de una vez y media el valor estimado medio anual del contrato, es decir, CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTIOCHO EUROS CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (57.128,73 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil mediante certificado expedido por el Registrador sin que sea suficiente la simple presentación de la solicitud de depósito firmada por el licitador en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el supuesto de empresas extranjeras en cuyo estado no se establezca dicha obligación de depósito en el Registro Mercantil, dicha solvencia se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales auditadas por expertos independientes. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto