Contrato de servicios profesionales de prensa, comunicación, web, redes sociales, imagen e información, así como el desarrollo de un plan de comunicación de las actividades de la competencia deL OAFAR
Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife · Santa Cruz de Tenerife, Tenerife, Canarias
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
8Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B76723899
Contrato (sin IVA)
con IVA: 64.574,50 €
Adj. 30 dic 2024 · Form. 29 ene 2025 · Inicio 30 ene 2025
1 oferta (1 PYME)
Requisitos de participación
5Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
PCAP. 5.2.2 Solvencia técnica o profesional Se acreditará de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la LCSP, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, siempre que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior, impuestos no incluidos, a SETENTA Y UN MIL EUROS (71.000,00 €). Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se podrá acudir, además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP en, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
PCAP. 5.2.1 Solvencia económica y financiera Se acreditará, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la LCSP, mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación, en este caso por importe de SETENTA Y UN MIL EUROS (71.000,00 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Este contrato en su contexto
Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acumula 43 licitaciones registradas en Licto. Sobre 43 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 109.737,60 €. Esta convocatoria, con 71.000,00 €, queda por debajo de esa cifra. Se adjudicó por 60.350,00 €, un 15,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife?
Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acumula 43 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife?
El presupuesto de licitación es de 71.000,00 €. La mediana de 43 licitaciones de Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife con presupuesto publicado en Licto es de 109.737,60 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Consejo Rector del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife?
El importe de adjudicación fue de 60.350,00 €, un 15,0 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto