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EvaluaciónEscuela de Verano 2025
79.531,97 €Ver en PLACSP
Evaluación

Escuela de Verano 2025

Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria · Canarias

79.531,97 €
Presupuesto sin IVA
2 meses
Duración
3.3/5
Buena oportunidad

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Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2043/2025; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria; Importe: 79531.97 EUR; Estado: EV
Sector
Mobiliario y equipamiento
Tipo
Servicios · Abierto simplificado
CPV
55243000Servicios de colonias de vacaciones para niños
92331210Servicios de animación para niños
92600000Servicios deportivos
92620000Servicios relacionados con los deportes
Ejecución
Canarias · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada10 jun 2025
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Valoración económica. precio máximo por alumno/a-mes (igic incluido) para cada modalidad40%
Formación en igualdad de género y atención a la diversidad20%
Formación en primeros auxilios pediátricos y soporte vital básico20%
Programa de talleres temáticos especiales20%

Requisitos de participación

9

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECEEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los cinco últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Una relación de los principales servicios realizados similares con el objeto del contrato en el curso de, como máximo los cinco últimos años. En dicha relación deberá indicarse el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. Se entenderá acreditada si se han realizado al menos tres (3) servicios servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de en los últimos tres (3) años.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Criterios: Con objeto de no restringir la competencia y de facilitar la participación de pequeñas y medianas empresas, para acreditar la solvencia económica financiera en este contrato se exigirá: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe que deberá ser al menos del 75% el valor estimado del contrato, resultando la siguiente cantidad: Cantidad igual o superior a: 63.824,41.- € El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o copia de los modelos 425 o documentos equivalentes declarados ante la Administración Tributaria competente sobre el resumen anual de operaciones anuales.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto