Ir al contenido
licto.
Contrato de obras de reparación de desperfectos en fachadas del Centro Cultural José Saramago de Albacete. Expte. 104-2025
Ver en PLACSP
Desierta

Contrato de obras de reparación de desperfectos en fachadas del Centro Cultural José Saramago de Albacete. Expte. 104-2025

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha

108.407,19 €
Presupuesto sin IVA(estimado 119.247,91 €)
2 meses
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 1468406D; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete; Importe: 108407.19 EUR; Estado: RES
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto
CPV
45000000Trabajos de construcción
45262650Trabajos de revestimiento de fachadas
45421160Trabajos de cerrajería y carpintería metálica
Ejecución
Albacete, Castilla-La Mancha · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada19 ene 2026
Adjudicación19 feb 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.

Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Precio. ponderación 54 puntos.54%
Memoria de desarrollo y organización de los trabajos. máx. 30 puntos.30%
Compromiso personal. ponderación 10 puntos10%
Reducción plazo de inicio. ponderación 6 puntos6%

Requisitos de participación

10

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

A) EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1ºCRITERIO: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato. Requisito mínimo: El importe anual, IVA excluido, que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución, en el curso de los últimos cinco años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, al menos deberá aportarse una obra por un importe igual o superior al valor estimado del contrato, es decir, 119.247,91 €. Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Umbral: 119.247,91 €

Personal técnico

A) EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 2ºCRITERIO: DECLARACIÓN INDICANDO EL PERSONAL TÉCNICO QUE DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional. B) EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UNICO CRITERIO: DECLARACIÓN INDICADO EL PERSONAL TÉCNICO QUE DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional.

Solvencia económica

Seguro de responsabilidad civil

2ºCRITERIO: Disposición de un SEGURO DE INDEMNIZACIÓN POR RIESGOS PROFESIONALES, aportando, además, el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. -Requisito mínimo: La suma del importe de la póliza o pólizas será no inferior a 600.000,00 €. -Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador en el que conste los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda. -Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3.b), de la LCSP, se establece que en los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, como son los de arquitectura o ingeniería, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, sin que en este caso proceda requerir el requisito del volumen anual de negocios y, por tanto, en estos contratos podemos concluir que este será el requisito normal para la acreditación de la solvencia económica y financiera.

Volumen anual de negocios

1º CRITERIO: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato (119.247,91 €) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).

Umbral: 119.247,91 €

Este contrato en su contexto

601
licitaciones del organismo
60.155,94 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 590 licitaciones

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 108.407,19 €, queda por encima de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

El presupuesto de licitación es de 108.407,19 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto