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Contrato de Obras de reparación y conservación del templete de música del parque de Abelardo Sánchez de Albacete. Expte. 53-2025.
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Ejecución

Contrato de Obras de reparación y conservación del templete de música del parque de Abelardo Sánchez de Albacete. Expte. 53-2025.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha

156.668,02 €
Presupuesto sin IVA(estimado 172.334,82 €)
6 meses
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 1436022A; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete; Importe: 156668.02 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45000000Trabajos de construcción
45212350Edificios de interés histórico o arquitectónico
45261000Trabajos de construcción de cubiertas y estructuras de cerramiento, y trabajos conexos
Ejecución
Albacete, Castilla-La Mancha · 6 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada8 ago 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Precio. ponderación 54 puntos54%
Adscripción de personal técnico a la ejecución de la obra. ponderación 20 puntos20%
Memoria de desarrollo y organización de los trabajos. máx. 20 puntos.20%
Reducción plazo de inicio. ponderación 6 puntos6%

Requisitos de participación

11

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECEEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN. 1º CRITERIO: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS de mismo tipo o naturaleza del objeto del contrato. Requisito mínimo: Ejecución en los ÚLTIMOS CINCO AÑOS de una obra de características similares y de igual o superior importe al valor estimado del contrato (172.334,82 €) Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza del objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Personal técnico

EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN. 2º CRITERIO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: Declaración INDICANDO EL PERSONAL TÉCNICO U ORGANISMOS TÉCNICOS, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional. EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): ÚNICO CRITERIO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: Declaración INDICANDO EL PERSONAL TÉCNICO U ORGANISMOS TÉCNICOS, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional.

Solvencia económica

Seguro de responsabilidad civil

Disposición de un SEGURO DE INDEMNIZACIÓN POR RIESGOS PROFESIONALES, aportando, además, el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Requisito mínimo: La suma del importe de la póliza o pólizas será no inferior a 600.000,00 €. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador en el que conste los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3.b), de la LCSP, se establece que en los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, como son los de arquitectura o ingeniería, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, sin que en este caso proceda requerir el requisito del volumen anual de negocios y, por tanto, en estos contratos podemos concluir que este será el requisito normal para la acreditación de la solvencia económica y financiera.

Volumen anual de negocios

Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato (172.334,82 €) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).

Este contrato en su contexto

601
licitaciones del organismo
60.155,94 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 590 licitaciones
16,1 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 156.668,02 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó un 16,1 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

El presupuesto de licitación es de 156.668,02 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

La adjudicación quedó un 16,1 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto