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Contrato de servicio de transporte escolar, para la asistencia del alumnado de centros educativos y de las escuelas infantiles dependientes del ayuntamiento de Albacete, dentro del horario lectivo, a actividades culturales y educativas organizadas en el municipio, así como el servicio de transporte del alumnado participante en el programa “conoce tu historia y tu ciudad”. EXP 136-2025
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Contrato de servicio de transporte escolar, para la asistencia del alumnado de centros educativos y de las escuelas infantiles dependientes del ayuntamiento de Albacete, dentro del horario lectivo, a actividades culturales y educativas organizadas en el municipio, así como el servicio de transporte del alumnado participante en el programa “conoce tu historia y tu ciudad”. EXP 136-2025

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha

29.839,04 €
Presupuesto sin IVA(estimado 65.645,89 €)
2 años
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 1512200D; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete; Importe: 29839.04 EUR; Estado: RES
Sector
Transporte y movilidad
Tipo
Servicios · Abierto simplificado
CPV
60140000Transporte no regular de pasajeros
Ejecución
Albacete, Castilla-La Mancha · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada30 mar 2026
Adjudicación28 abr 2026
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

1

Criterios de evaluación

10.2.1. criterios evaluables a través de fórmulas. ponderación 100 puntos. b) criterios cualitativos: b.2. niveles de emisiones de gases contaminantes de los vehículos ofertados. ponderación 5 puntos.5%

Lotes y adjudicaciones

2

Lotes

2 lotes · 2 pendientes

Máx. lotes por oferta: 2Máx. lotes por adjudicatario: 2

Desierto

CPV

PTransporte no regular de pasajeros

Desierto

CPV

PTransporte no regular de pasajeros

Requisitos de participación

9

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECEEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Según pliego

7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: 7.2.1. EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 7.2.1.A. PRIMER CRITERIO: Experiencia en servicios ejecutados. A) Criterio: Experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso: LOTE 1: Valor anual medio: 10.672,20 € Cuantía mínima solvencia (70%): 7.470,54 €. LOTE 2: Valor anual medio: 5.739,27 € Cuantía mínima solvencia (70%): 4.017,48 €. C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, de conformidad con los CPV previstos en el apartado 2, realizados en el curso de los 3 últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos, que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el art 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. 7.2.1.A. SEGUNDO CRITERIO: Medios personales: A) Criterio: Indicación del equipo técnico del que dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, especialmente, del encargado del control de calidad. B) Requisito mínimo: La empresa deberá disponer para la ejecución del contrato del contrato, un encargado del control de calidad del servicio. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de la disponibilidad de personal encargado de control de calidad. 7.2.2. EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a 5 años): 7.2.2.A. UN ÚNICO CRITERIO. Medios personales: A) Criterio: Indicación del equipo técnico del que dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, especialmente, del encargado del control de calidad. B) Requisito mínimo: La empresa deberá disponer para la ejecución del contrato del contrato, un encargado del control de calidad del servicio. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de la disponibilidad de personal encargado de control de calidad. Ver pag 54 y 55 PCAP.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

7. SOLVENCIA: 7.1. ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios disponibles, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, es decir, debe ser al menos de: LOTE 1: Valor anual medio: 10.672,20 € Volumen anual de negocios: 16.008,30 €.LOTE 2: Valor anual medio: 5.739,27 € Volumen anual de negocios: 8.608,90 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. Ver página 54 del PCAP

Este contrato en su contexto

601
licitaciones del organismo
60.155,94 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 590 licitaciones

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 29.839,04 €, queda por debajo de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

El presupuesto de licitación es de 29.839,04 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto