Ejecución del proyecto de las obras de acondicionamiento de senda ciclopeatonal, junto al tramo de la carretera de Barrax, que discurre por el cordel de Lezuza, en el termino municipal de Albacete, inversión cofinanciado por el Fondo Europeo, en el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020 Plurirregional de España, (EDUSI). Expte. 54/2023
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
2Criterios de evaluación
Requisitos de participación
10Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
ÚNICAMENTE EMPRESARIOS ESPAÑOLES O EXTRANJEROS DE ESTADOS NO MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS NO SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratistas de obras en el grupo o subgrupo de clasificación que será GRUPO G, SUGRUPO 6, CATEGORÍA 2. (según punto 7 del PCAP) correspondiente al contrato o bien acreditando los requisitos específicos de solvencia técnica o profesional exigidos en este pliego (según punto 6.2 del PCAP). EMPRESARIOS ESPAÑOLES Y NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Deberán acreditar Solvencia técnica o profesional (Ver página 72-73 PCAP): 6.2.- SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: 6.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º REQUISITO. EXPERIENCIA: A) Criterio: Experiencia en la realización de obras correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato. B) Requisito mínimo: el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el curso de los últimos cinco años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, una obra de igual o mayor importe al del objeto de licitación. C) Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Personal técnico
ÚNICAMENTE EMPRESARIOS ESPAÑOLES O EXTRANJEROS DE ESTADOS NO MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS NO SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratistas de obras en el grupo o subgrupo de clasificación que será GRUPO G, SUGRUPO 6, CATEGORÍA 2. (según punto 7 del PCAP) correspondiente al contrato o bien acreditando los requisitos específicos de solvencia técnica o profesional exigidos en este pliego (según punto 6.2 del PCAP). EMPRESARIOS ESPAÑOLES Y NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Deberán acreditar Solvencia técnica o profesional (Ver página 73-74 PCAP):EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN (2º REQUISITO. ) Y EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN "antigüedad inferior a 5 años" (ÚNICO REQUISITO): -DECLARACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO: A) Criterio: Declaración indicado el personal técnico que dispone para la ejecución de las obras. B) Requisito mínimo: Técnico con titulación habilitante para controlar la calidad en la ejecución del contrato. C) Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del Técnico con la empresa y original o copia compulsada del título del Técnico.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
ÚNICAMENTE EMPRESARIOS ESPAÑOLES O EXTRANJEROS DE ESTADOS NO MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS NO SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratistas de obras en el grupo o subgrupo de clasificación que será GRUPO G, SUBGRUPO 6, CATEGORÍA 2. (según punto 7 del cuadro de características del pliego de clausulas administrativas) correspondiente al contrato o bien acreditando los requisitos específicos de solvencia económica y financiera exigidos en este pliego (según punto 6.2.1 del cuadro de características del pliego de clausulas administrativas). EMPRESARIOS ESPAÑOLES Y NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Deberán acreditar Solvencia económica y financiera (según punto 6.2.1 del cuadro de características del pliego de clausulas administrativas Ver página 71-72 PCAP: 6.2.- SOLVENCIA: 6.2.1.- Solvencia económica y financiera: A) Criterio: Volumen anual de negocios del licitador o candidato en los tres últimos ejercicios concluidos. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior a la anualidad media del contrato (226.575,23 €). C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 226.575,23 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,7 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El presupuesto de licitación es de 226.575,23 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto